La DGRN, a la deriva. (O sobre cómo el Director de la DGRN se pronunció sobre la posibilidad de poner a un niño el nombre propio de "Lobo")

Desde hace ya unos cuantos años el prestigio que para muchos tenía la Dirección General de Registros y del Notariado ha ido cayendo en picado. Tiempos atrás muchos funcionarios de los Registros Civiles esperábamos como agua de mayo la publicación de los Boletines de Información del Ministerio de Justicia, con las resoluciones de los recursos interpuestos contra resoluciones de los Registros Civiles, las instrucciones y las consultas elevadas a la DGRN, de donde extraíamos la doctrina a aplicar en nuestro día a día en los Registros Civiles, desde los nombres de los recién nacidos hasta las declaraciones de nacionalidad española con valor de simple presunción; con las mismas se fue formando un cuerpo doctrinal que nos ha servido para completar la magnífica obra legislativa de los años 50, nacida bajo los auspicios de Pere Raluy, y realizar con eficacia nuestro trabajo en los Registros Civiles, seguros de que la DGRN nos cubría las espaldas en las decisiones que tomábamos día a día (pues al fin y al cabo quien da la cara ante el público y resuelven realmente suelen ser los funcionarios de los Registros Civil). 

Sin embargo, ya desde hace unos años, quizás sobrepasados por el elevado número de recursos y consultas a resolver, la calidad de las resoluciones y disposiciones normativas de la DGRN fue decayendo. Empezamos a observar cómo sobre cuestiones prácticamente idénticas, incluso publicadas en un mismo Boletín, las resoluciones de los recursos podían ser dispares y contradictorias. Al final ya no estaba claro si determinadas grafías incorrectas de nombre propios pasaban a admitirse, si cabía o no la inscripción de determinados matrimonios celebrados en el extranjero presumiblemente de conveniencia, o el régimen de apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles. Pero al menos había un intento desde la DGRN de resolver el atasco que se producía como consecuencia del elevado número de recursos elevados para resolución, incrementados con los matrimonios de conveniencia y las opciones de nacionalidad derivadas de la Ley de Memoria Histórica, y dar salida a los miles de expedientes de nacionalidad que llegaban para resolución. 

Pero en esto llegó el PP al Gobierno, finales del año 2011. Dicen las malas lenguas que Rajoy designó a determinado Registrador de la Propiedad y Mercantil como Director General de Registros y del Notariado antes de nombrar a Ruiz Gallardón como Ministro de Justicia, al que le impuso su nombramiento. Y así llegó a la DGRN el equipo de Registradores y sus asesores cuyo objetivo principal era (y es) privatizar el Registro Civil, asignando su llevanza a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, no defendiendo los intereses generales de los ciudadanos sino los corporativos propios.

La historia posterior es de sobra conocida: cae el número de expedientes de nacionalidad resueltos por la DGRN, se crea un atasco descomunal ofreciéndose para resolverlo los propios Registradores de la Propiedad que gestionan la DGRN y que son culpables del atasco, mediante encomiendas de gestión primero gratuitas y luego por 4 millones de euros, con un programa informático más que caro; se elabora un anteproyecto de reforma integral de los Registros que busca atribuir todo lo registrable en España a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, se sublevan parte de los Registradores y fuerzan una Asamblea extraordinaria, decae el proyecto de privatización para luego volver a relanzarlo mediante un Real Decreto Ley cuyas disposiciones relativas a la llevanza del Registro Civil serán declaradas inconstitucionales por no existir urgente necesidad para aprobarlas por Real Decreto Ley, se deroga apenas 3 meses antes de su efectividad la privatización del Registro Civil pero sus auspiciadotes siguen en la tentativa, se consuma la práctica paralización en la digitalización de los expedientes de nacionalidad presentados a partir de enero de 2015, siguen sin regularse las condiciones para poder digitalizar los nuevos expedientes de nacionalidad desde los registros civiles, etc. Vamos, un auténtico desastre. Lo único que está funcionando son las inscripciones de nacimiento promovidas desde los hospitales, medida que ya estaba recogida en la Ley de Registro Civil de 2011 y que el Gobierno del PP vendió hasta 4 veces como idea propia. 

Y lo que es más grave: todo esto se ha hecho cargando la culpa sobre los Registros Civiles, e indirectamente sobre los funcionarios de la Administración de Justicia que sirven en los mismos, justificando la privatización en el elevado número de quejas que sobre el funcionamiento de los Registros Civiles llegan a la Oficina del Defensor del Pueblo principalmente en temas de nacionalidad, escondiendo que el verdadero agujero negro en la tramitación de los expedientes de nacionalidad se produce en la tramitación y resolución de los expedientes en la DGRN, no en la cita previa para la instrucción del expediente salvo en unos pocos Registros Civiles (por cierto, el PP gobernaba hasta mayo de 2015 en las Administraciones de las que dependían 19 de los 20 Registros Civiles que más quejas recibían). Desde el Ministerio de Justicia, desde el PP, desde la DGRN, se ha vendido como justificación a la privatización el supuesto mal funcionamiento de los Registros Civiles integrados dentro de la Administración de Justicia, como si la DGRN nada tuviera que ver en ello cuando orgánicamente dependemos de dicha Dirección General, y obviando que las Administraciones de las que dependemos (Ministerio de Justicia y Comunidades autónomas) no han dotado suficientemente a los Registros Civiles de los medios personales y materiales para su adecuado funcionamiento, supliéndose las enormes carencias de medios con el voluntarismo y la profesionalidad de los funcionarios destinados en los Registros Civiles. 

Pero la puntilla a esta deriva, a esta desvergüenza, es la declaración pública del actual Director General de Registros y del Notariado de adelantar que en vía de recurso iba a aceptar como nombre propio para un recién nacido el de “Lobo” tras su denegación por el Encargado del Registro Civil donde se promovió la inscripción de nacimiento, nombre que la DGRN denegó en vía recurso con fecha 18 de octubre de 2005 por entender que “están prohibidos los nombres que hagan confusa la identificación y esta prohibición alcanza sin duda al nombre propuesto, que se corresponde con un apellido especial”. Y es que el problema no está en si se acepta o no dicho nombre propio, o si han cambiado los usos sociales, sino en que tras la polémica surgida porque un Juez Encargado de Registro Civil haya denegado la imposición de este nombre propio a un recién nacido, remitiéndose a la doctrina elaborada por la DGRN, y el Ministerio Fiscal le haya apoyado en la denegación de la imposición de dicho nombre, el actual Director General de Registros y del Notariado haya salido a los medios de comunicación para afirmar que en vía de recurso aceptará dicho nombre. De esta forma el Director de la DGRN pone en la picota de forma pública, para salvar su posición, a todos aquellos a quienes desde la doctrina establecida por la DGRN en sus recursos, instrucciones y consultas, intentamos que se respete de forma escrupulosa la legalidad registral y los procedimientos registrales. 

Luego llega el lío: que si se ha presentado el recurso ante la DGRN, que si está o no resuelto, que si el nacimiento del niño ha sido o no registrado con uno u otro nombre, etc. Pero eso es lo de menos. Lo grave es que un responsable político de un órgano administrativo haya afirmado públicamente, deslegitimando a un Encargado del Registro Civil y la doctrina establecida hace 10 años por el organismo que el mismo dirige, que va a aceptar un recurso interpuesto contra una resolución dictada por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Lo normal es que interpuesto el recurso, incluso tramitándolo de forma preferente y urgente, la DGRN estimase el mismo si lo considera procedente y estableciese su doctrina al respecto. Pero lo que no es de recibo es que esta persona, que aunque sea también un registrador de la propiedad no deja de ser un cargo político designado Director General de un departamento público, salga a la palestra para anunciar que va a aceptar el recurso interpuesto, deslegitimando la labor realizada por un Encargado del Registro Civil y los funcionarios destinados en el mismo cuando se está intentando ser escrupuloso con la legalidad y además se está siguiendo la propia doctrina establecida por la DGRN, hasta el punto que los padres del menor han manifestado que estudian emprender acciones legales contra la funcionaria que denegó el nombre propuesto. El Director General ha sentenciado contra el Encargado del Registro Civil sin leer sus argumentos (pues debe informar sobre el recurso interpuesto) ni los del Ministerio Fiscal. 

¿Cómo se puede sostener la autonomía e independencia en el ejercicio de la función registral, hasta el punto de que la ley proscribe la consulta previa a la Dirección General para calificar, cuando el Director General dentro del plazo de tres días que se da a los padres para elegir otro nombre o en su caso recurrir ya se pronuncia públicamente sobre el fondo del asunto? ¿Qué opinaría un Registrador de la Propiedad si ante una calificación negativa para inscribir una finca el Director de la DGRN manifestase públicamente el error del Registrador, pese a seguir la doctrina de la DGRN, y que iba a estimar el recurso que se interponga? ¿Qué opción le queda al Juez Encargado del Registro Civil que ha denegado el nombre del menor, transcurridos los 3 días desde el requerimiento para la elección de otro nombre, si sabe que su calificación va a ser revocada por el Director General del que depende? ¿Qué sucedería si tras estimar el recurso la DGRN el Ministerio Fiscal acudiera a la vía judicial civil promoviendo la anulación de la imposición del nombre propio elegido, y el juez así lo acordase? ¿Desde cuándo los recursos administrativos se resuelven públicamente a través de los medios de comunicación?

Como diría Remedios Amaya “Ay, ¿quién maneja mi barca?, que a la deriva me lleva...”. Pues eso, la actual DRGN y el Ministerio de Justicia, sin rumbo ni norte, maneja los Registros Civiles a la deriva más absoluta. La solución a todo este embrollo pasa porque personas capaces y sin intereses corporativos asuman la gestión del Ministerio de Justicia y la DGRN.

No hay comentarios:

Publicar un comentario