El nuevo procedimiento de nacionalidad por residencia verá la luz en octubre 2015

Con motivo del 25 Encuentro de la Abogacía sobre Derecho de Extranjería y Asilo celebrado en Málaga, el Subdirector General de Nacionalidad y Estado Civil, Don Jesús Santabárbara Rupérez expuso lo que serán las bases del nuevo proceso de adquisición de la nacionalidad española por residencia así como las novedades existentes sobre el nuevo proceso de adquisición por carta de naturaleza de los descendientes de Sefardíes.

El proceso de nacionalidad por residencia se aleja del modelo mixto (jueces y administración) acercándose mucho más a un modelo plenamente administrativo dónde las funciones del registro civil de recogida de documentación, primera instrucción y elaboración del informe de integración desaparecen. Los problemas de falta de uniformidad en los criterios entre distintos registros civiles a la hora de la elaboración del informe de integración quedarían así solucionados, así como los retrasos en la asignación de citas para presentación.

La gestión del proceso se realizará por la Dirección General de los Registros y del Notariado pero podrán fijarse encomiendas de gestión con otros órganos. El procedimiento será exclusivamente administrativo pese a que los Registros Civiles participen en la fase final de Jura e inscripción de nacimientos.

La Solicitud se llevará a cabo a través de una plataforma online, una web que permitirá hacer la solicitud sin necesidad de petición de cita previa y que permitirá el comienzo del trámite telemático de forma inmediata con petición de informes y asignación de número de registro.

Está aún por ver qué tipo de encomiendas se realizan con otros órganos de la Administración del Estado al objeto de la recepción de la documentación necesaria para adquirir la nacionalidad por este proceso, apuntando el Sr. Santabárbara que una encomienda a Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno podría ser factible. Aunque este tema no se trató abiertamente, podría quedar abierta la posibilidad de que Oficinas de Extranjería pudieran encargarse de la recepción de la documentación de los expedientes de nacionalidad.

Otra de las novedades incluidas en el nuevo proyecto de procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia será el de sustitución de la entrevista de integración por dos exámenes o pruebas que se realizarán en las sedes del Instituto Cervantes. La primera de las pruebas será de conocimiento de la lengua española (salvo para los países que se establezcan). La segunda prueba será sobre conocimientos de de aspectos constitucionales y socioculturales de España. Esta segunda prueba constará de 25 preguntas debiendo superar 13 para poder superarla. Ni discapacitados ni menores de edad harán pruebas. En principio se convocarán 5 convocatorias para la primera prueba y 10 para la segunda.

En cuanto a los costes, solicitar la nacionalidad española estará gravado con una tasa de 100 euros obligatoria. A estos costes se deberá añadir los de realización de las pruebas, 80 y 12o euros por cada una de las pruebas.

Otra de las novedades importantes es la fijación de un plazo de silencio administrativo de 12 meses. El silencio será negativo.

Los Registros Civiles sólo actuarán en la fase final del procedimiento. Una vez recibida la resolución favorable de concesión de la nacionalidad española, se deberá realizar la jura e inscripción de la misma forma a como se realiza actualmente.

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