La tramitación en el Senado de la Ley que contiene la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011 sigue su curso: se votará en el pleno de 5 de junio

La tramitación de la Proposición de Ley de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, que contiene la prórroga por dos años de la vacatio legis de la Ley 20/2011, de Registro Civil, sigue su curso. 

Finalizado el plazo de presentación de enmiendas, éstas aparecen publicadas en el BOCG de fecha 25 de mayo. Sólo se han presentado 9 enmiendas a la Proposición de Ley, ninguna propuesta de veto a la proposición, y las enmiendas no afectan a la disposición que contiene la prórroga de la vacatio legis. 

Según aparece en la web del Senado está prevista la votación del dictamen de la Comisión de Justicia del Senado relativo a esta proposición de Ley el próximo 5 de junio. En caso de que no se acepte ninguna de las enmiendas la Proposición quedará aprobada definitivamente; en caso de que se acepte alguna de las enmiendas presentadas, la Proposición volverá al Congreso para su votación final.

Un fallo informático atasca las concesiones de nacionalidad

La digitalización de la Administración ha tenido una consecuencia inesperada que afecta a cientos de miles de inmigrantes en España. El Gobierno lanzó el Plan Intensivo de Nacionalidad en 2012, el cual solo se tramita de forma telemática desde 2015 para agilizar el proceso. Sin embargo, en 2017 se resolvieron un 78% menos de solicitudes que el año anterior por “un error informático”. Las peticiones también bajaron, pero solo un 19%. “La reducción [en las resoluciones] se debe a la migración de la aplicación informática, que se ha prolongado más de lo previsto y lo ha retrasado todo”, justifican fuentes de Justicia.

“Llevo ya casi cuatro años esperando”, explica Rosemary Moraes, brasileña de 51 años que vive en Madrid desde hace una década y tramitó su solicitud en diciembre de 2014: “No creo que haga falta tanto tiempo para resolver un expediente. Me siento frustrada”. Ella es uno de los ejemplos que pone de manifiesto que el sistema actual no da abasto. Ya no solo en 2017, cuando se resolvieron solo 28.077 peticiones, sino por el cúmulo de solicitudes anteriores sin resolver. A finales de 2017 había 409.889 pendientes, según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia.

Pese a estas cifras tan abultadas, desde el organismo creen que la situación se resolverá: “En noviembre y diciembre se tramitaron casi la mitad de las de todo el año [unas 14.000]”. Sin embargo, si se mantiene este ritmo durante 2018, solo se llegaría a 84.000 expedientes cerrados y sería el segundo ejercicio con menos resoluciones de los que hay cifras (desde 2010).

“Hay que repensar el modelo actual porque hay un atasco muy grande”, aseguran desde el Defensor del Pueblo, que añade en su Informe anual de 2017: “Esto no solo afecta al solicitante, también a los miembros de su familia que pueden caer en situación de irregularidad documental, a pesar de contar con largos periodos de residencia legal en España”. Una circunstancia que se repite en multitud de casos, como el de Nadiya Balaban, ucraniana de 24 años que vive en Borja (Zaragoza). “Llegué a España cuando tenía nueve años. Presenté mi solicitud en diciembre de 2016, después de hacer los exámenes necesarios y cumplir todos los requisitos, pero todavía sigo esperando”, asegura.
Un fallo informático atasca las concesiones de nacionalidad

LLega al Senado la Proposición de Ley que contiene la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011 de Registro Civil, por dos años

Desde el 4 de mayo se encuentra en tramitación en el Senado la Proposición de Ley de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, que contiene la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011, de Registro Civil, hasta junio de 2020. 

La enmienda que al efecto se introdujo en el Congreso en dicha Proposición de Ley se limita a la prórroga de la vacatio legis dos años más, sin ninguna otra modificación sustantiva de la Ley 20/2011. La redacción de la Disposición Adicional de la Proposición de Ley que la contiene reza así:

Disposición final primera. 

Se modifica la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que pasará a tener la siguiente redacción: 

«Disposición final décima. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el 30 de junio de 2020, excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, y excepto los artículos 49.2 y 53 del mismo texto legal, que entrarán en vigor el día 30 de junio de 2017. 

Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la entrada en vigor el 15 de octubre de 2015 de los artículos 44, 45, 46, 47, 49.1 y 4, 64, 66, 67.3 y disposición adicional novena, en la redacción dada por el artículo segundo de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil. Hasta la completa entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles

El plazo para presentar enmiendas y propuestas de veto a esta Proposición de Ley finaliza el 17 de mayo. Debemos recordar al efecto que la Proposición de Ley salió adelante en el Congreso con los votos favorables del Grupo Popular, que tiene mayoría en el Senado.