Abogados de Madrid elevan una queja al Ministerio de Justicia ante la falta de tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia presentados a partir de enero de 2015

Abogados del Colegio de Madrid presentaron el 7 de octubre una queja dirigida al Ministerio de Justicia ante la falta de tramitación de todos los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia presentados desde enero de 2015. Conforme dicha queja "a la fecha de octubre de 2016 seguimos sin conocer el número de registro de la Subdirección (necesario para poder seguir telemáticamente el estado de tramitación del expediente) , o si existe ya la plataforma para la digitalización de tales expedientes, o la fecha probable de tramitación y resolución de tales expedientes, como establece la Disposición Transitoria Primera y Segunda del Real Decreto 1004/2015 de 6 de noviembre".

Los citados abogados se quejan de que "por ordenador o por vía digital no se puede acceder a información alguna al no estar registrados estos expedientes, y personalmente a las letradas (os) nos comunican que dichos expedientes están sin digitalizar, por tanto que no existe fecha probable de resolución, lo que preocupa seriamente a las firmantes dado que venimos presentando expedientes durante todo el año 2016 con la total incertidumbre de obtener una resolución sin dilaciones indebidas como viene ocurriendo con los expedientes del 2015."

El escrito de queja recuerda que "la Disposición Transitoria segunda del Reglamento referida establece que los expedientes de nacionalidad se tramitarán conforme a las normas de procedimiento vigentes en el momento de la solicitud, esto es, que asiste a esta parte el derecho a recurrir ante la vía jurisdiccional la denegación presunta de los expedientes de nacionalidad del 2015 paralizados en la fecha".

La situación que denuncian estos abogados es real: la Dirección General de Registros y del Notariado tiene sin registrar ni digitalizar todos los expedientes remitidos para su resolución desde enero de 2015. Los ciudadanos extranjeros acuden constantemente a los Registros Civiles quejándose de que no han recibido carta alguna en que se indique su número de expediente en dicha dirección; la aportación de documentación complementaria, como un cambio de domicilio, corre el riesgo de perderse en la maraña burocrática ante la falta de registro de los expedientes. Y lo que es lo peor: es imposible ni siquiera estimar cuándo dichos expedientes estarán resueltos. Por mucha Orden Ministerial y Resolución que se publique en el BOE de hoy, intentando dar una salida al problemón en que se ha metido el Ministerio de Justicia con los expedientes de nacionalidad presentados a partir de octubre de 2015, cuya instrucción corresponde enteramente a la DGRN, ¿qué solución va a dar el Ministerio de Justicia a todos los expedientes presentados antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Nacionalidad?

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